Términos del servicio

Condiciones generales de contratación/entrega IBG HydroTech GmbH (a fecha: 21/06)
1.Generalidades 1.1 Estas condiciones generales se aplicarán a todos los contratos, entregas y otros servicios, incluidos los servicios de consultoría, información y similares (también para futuros negocios). Se rechazan expresamente las reconfirmaciones del cliente con referencia a sus condiciones comerciales y/o de compra. 1.2 Los datos se almacenarán en el ámbito de nuestras relaciones comerciales mutuas de acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos (BDSG). 1.3 El comprador está obligado a deshacerse de la mercancía suministrada de forma adecuada y a sus expensas -basándose en las disposiciones legales- tras la finalización del uso. Esta obligación también se acordará contractualmente en caso de transferencia de la propiedad a terceros comerciales. En caso de no hacerlo, el Comprador correrá con los gastos de eliminación. 1.4 En términos de diseño y construcción, nuestros dispositivos, equipos, sistemas y las versiones que comercializamos cumplen con los requisitos fundamentales de seguridad y salud aplicables de la CE (se aplicará la fecha de comercialización). Estos sólo pueden ser operados por personal especializado y de acuerdo con nuestras instrucciones de uso. Nos reservamos el derecho de adaptarnos al estado más reciente de la técnica.

2. Ofertas y aceptación del contrato 2.1 Nuestras ofertas están siempre sujetas a cambios. Todos los documentos asociados (por ejemplo, dibujos, ilustraciones, dimensiones y pesos, etc.) no son vinculantes a menos que se designen como vinculantes. Asimismo, los detalles no constituyen características garantizadas. 2.2 El contrato sólo se celebrará tras nuestra confirmación del pedido por escrito. Los acuerdos secundarios, las modificaciones, los suplementos o las reservas al contrato sólo serán válidos si se establecen por escrito. Si el cliente no recibe una confirmación de pedido después de realizarlo, el pedido será aceptado mediante el envío de la entrega junto con la factura y/o el albarán. 2.3 Nos reservamos todos los derechos de propiedad y los derechos de autor de los presupuestos, dibujos, ilustraciones, fotografías y otros documentos sin restricciones. No pueden ser entregados a terceros sin nuestra aprobación. Deben ser devueltos inmediatamente a nuestra petición. 2.4 Es posible realizar cambios en el diseño y la forma del objeto de la entrega, siempre y cuando el objeto no se modifique significativamente y los cambios sean razonables para el comprador. 2.5 Los pedidos y las entregas entre nosotros y los compradores extranjeros estarán sujetos al derecho de la República Federal de Alemania para toda la relación comercial (independientemente de la base legal en la que se basen). El alemán o el inglés serán las lenguas contractuales para las relaciones comerciales con los compradores extranjeros.

3.Precios 3.1 Los precios se indican en euros (€), ex almacén del Vendedor, excluyendo la instalación y puesta en marcha, sin embalaje en fábrica, excluyendo el embalaje y los gastos de envío en caso de expedición, y excluyendo el impuesto sobre el valor añadido legal aplicable, salvo que se estipulen expresamente otras modalidades en la confirmación del pedido. 3.2 Los costes adicionales derivados de peritajes, certificados u otras autorizaciones de autoridades u organismos de comprobación exigidos por el Comprador se cobrarán por separado. 3.3 Los cambios, las supresiones o las devoluciones que el cliente pida posteriormente sólo se aceptarán y se llevarán a cabo contra el pago de los gastos ocasionados.


4.Condiciones de pago 4.1 Salvo que se acuerde lo contrario, todos los pagos se efectuarán tras la entrega o puesta a disposición y a la recepción de la factura sin deducciones. 4.2 Estamos autorizados a facturar al cliente los pagos progresivos por valor del 90% del valor de los servicios prestados en cada caso, a menos que se haya acordado un depósito del 50%. 4.3 Nos reservamos el derecho de entregar contra reembolso/anticipo. 4.4 El cliente correrá con los gastos bancarios y de descuento. Sólo aceptaremos letras de cambio previo acuerdo por escrito si pueden ser descontadas. 4.5 El cliente sólo tendrá derecho a la compensación y a hacer valer los derechos de retención en la medida en que las contrademandas hayan sido reconocidas por nosotros por escrito o no hayan sido impugnadas o hayan sido declaradas por un tribunal como definitivas y absolutas. 4.6 Si el cliente se retrasa en sus obligaciones de pago, tenemos derecho a reclamar intereses de demora según el artículo 288 del Código Civil alemán (BGB) por un importe del 8% por encima del tipo básico según el artículo 247 del BGB.

5.Reserva de propiedad 5.1 Nos reservamos la titularidad ampliada y extendida de todos los objetos de entrega hasta el pago completo de todas las reclamaciones derivadas de la relación comercial con el cliente (mercancía reservada). 5.2 Cualquier venta, pignoración o transferencia de la propiedad a modo de garantía del objeto de la entrega por parte del cliente a terceros sólo podrá tener lugar con nuestro consentimiento previo por escrito. 5.3 Si el cliente revende o alquila la mercancía suministrada de acuerdo con su uso previsto, nos cede por la presente todas las reclamaciones por el importe de la factura final (incluido el IVA) que se deriven de la reventa frente a sus clientes o terceros. Esto tendrá lugar con independencia de que el objeto de la venta haya sido revendido antes o después de la transformación/acabado. Estamos autorizados a cobrar este crédito nosotros mismos incluso después de la cesión. Sin embargo, nos comprometemos frente al cliente a no cobrar el crédito mientras éste cumpla con sus obligaciones de pago con los ingresos recaudados, no sea moroso, no haya presentado un procedimiento de insolvencia y/o no haya suspendido pagos. Sin embargo, si esto entra en vigor, podemos exigir la divulgación de los créditos cedidos, así como de sus deudores. Además, se nos debe entregar toda la información necesaria para el cobro y los documentos asociados. La cesión se notificará a los deudores (terceros). 5.4 Nos comprometemos frente al cliente a liberar las garantías a las que tenemos derecho si así lo solicita, siempre que el valor de las garantías supere en más de un 20% los créditos a garantizar. Sólo nosotros estaremos obligados a seleccionar los valores que se van a liberar. 5.5 Deberemos ser informados inmediatamente de cualquier incautación u otra disposición por parte de terceros. 5.6 Si el cliente actúa de forma contraria al contrato (especialmente en caso de demora en el pago), estará obligado a entregar el objeto de la entrega cuando se le solicite. Todos los gastos de recogida y realización del objeto de la entrega correrán a cargo del cliente. Los gastos de realización ascienden al 10% del producto de la realización (incluido el IVA) sin prueba. Podemos demostrar que los costes son más altos, y el ordenante, más bajos. 5.7 El cliente está obligado a asegurar suficientemente el objeto de la entrega. 5.8 Si se hace valer la retención de la propiedad o el objeto de la entrega es embargado por nosotros, esto no se considerará como una rescisión del contrato. 5.9 Si el objeto de la compra es procesado o transformado por el cliente, esto se hará siempre en nuestro nombre. Adquiriremos la copropiedad del nuevo artículo si se procesa con otros artículos que no nos pertenecen. Este objeto creado por la transformación también se considerará un bien sujeto a reserva de dominio. 5.10 Si el objeto de la compra se combina inseparablemente con objetos que no nos pertenecen, adquiriremos la copropiedad. La propiedad proporcional del nuevo objeto será en proporción al valor del objeto de compra a los otros objetos combinados en el momento de la combinación. La copropiedad o la propiedad exclusiva será custodiada por el cliente para nosotros. 5.11 En caso de que se solicite la apertura de un procedimiento de insolvencia, tendremos derecho a rescindir el contrato y exigir la devolución inmediata del objeto de la compra.


6.Ejecución y plazos de entrega 6.1 Los plazos y fechas de entrega no son vinculantes, a menos que los hayamos indicado expresamente por escrito al cliente como vinculantes. El plazo de ejecución comenzará cuando se envíe la confirmación del pedido y cuando se hayan aclarado todos los detalles técnicos y comerciales (incluida la presentación de los permisos necesarios). En el caso de un acuerdo de pago anticipado, garantía bancaria o una carta de crédito, el período de ejecución no comenzará hasta la recepción del dinero y/o los documentos pertinentes. El plazo de ejecución se prorrogará en consecuencia si el Comprador solicita cambios en el objeto del contrato dentro del plazo de ejecución. 6.2 Los plazos y fechas de entrega sólo pueden cumplirse si el autoabastecimiento es correcto y puntual. 6.3 Los plazos y fechas de entrega se considerarán cumplidos si el objeto de la entrega sale de nuestra fábrica al vencimiento de los mismos o se notifica la disponibilidad de envío. 6.4 Se admiten servicios y entregas parciales. 6.5 En caso de retraso en el envío del objeto de compra del que es responsable el cliente, éste correrá con los gastos que se produzcan una vez transcurrido un mes desde la notificación de la disponibilidad para el envío. 6.6 Si el plazo de entrega no puede cumplirse por causas de fuerza mayor, conflictos laborales u otros acontecimientos ajenos a nuestra voluntad, el plazo de entrega se prolongará adecuadamente. Dichos acontecimientos y los retrasos resultantes se notificarán al cliente lo antes posible. 6.7 Si finalmente no podemos realizar la totalidad de la prestación hasta la transferencia del riesgo, el cliente podrá rescindir el contrato sin fijar un plazo. Esto también se aplicará si una parte de la entrega nos resulta imposible y el cliente tiene un interés justificado en rechazar la entrega parcial. En caso contrario, el cliente estará obligado a pagar el precio del contrato atribuible a la entrega parcial. Esto también se aplicará en caso de incapacidad por nuestra parte. El cliente seguirá estando obligado a la contraprestación si la imposibilidad o incapacidad se produce durante el retraso de la aceptación o si el cliente es el único o principal responsable de estas circunstancias.

7.Transferencia de riesgo y transporte 7.1 Las cláusulas de entrega se interpretarán de acuerdo con los INCOTERMS aplicables a todos los contratos celebrados. En caso contrario, el envío correrá por cuenta y riesgo del comprador, transfiriéndose éste a más tardar cuando el objeto de la entrega salga de nuestra fábrica, independientemente de quién pague los gastos de transporte o de si el envío se realiza desde el lugar de cumplimiento. Si la aceptación de la mercancía se retrasa después de la notificación de la disponibilidad para el envío por razones que no nos son imputables, el riesgo también se transmitirá al cliente. 7.2 La entrega o carga se realizará de acuerdo con la FCA en el momento de la entrega al transportista de la ruta marítima 6 + 10. 7.3 La mercancía puede ser asegurada contra riesgos de transporte de todo tipo a petición y a cargo del Comprador. 7.4 El Comprador está obligado a eliminar los envases desechables a su cargo. Sólo se recuperarán los medios de transporte reutilizables.


8.Garantía / Aceptación No es legal la negativa a aceptar la mercancía en el momento de la entrega y el cumplimiento por parte del cliente debido a defectos insignificantes. 8.1 Defectos materiales 8.1.2 Si la causa de un defecto material ya existe en el momento de la transferencia del riesgo, los servicios y/o las piezas afectadas deben ser reparados, proporcionados de nuevo o entregados por nosotros de forma gratuita. Esto sólo se hará dentro del plazo de prescripción de 12 meses o teniendo en cuenta el tiempo de funcionamiento de un máximo de 2.000 horas de funcionamiento (dependiendo de lo que ocurra primero). Esto no se aplica si IBG ha causado el defecto material intencionadamente o por negligencia grave, ni en el caso de ocultación fraudulenta del defecto. Las disposiciones legales sobre (vencimiento) suspensión y reanudación de los plazos no se ven afectadas. IBG se reserva el derecho de determinar el tipo y el alcance de la subsanación de los defectos materiales. 8.2.2 El comprador está obligado a notificar por escrito y sin demora los defectos materiales: a) los defectos evidentes en la entrega y el rendimiento en un plazo de siete días laborables tras la aceptación/comisión, b) los defectos ocultos en un plazo de siete días tras su descubrimiento. Si esto no ocurre, la notificación de defectos en el sentido del artículo 377 del Código de Comercio alemán (HGB) se considerará tardía. 8.2.3 En el caso de las notificaciones de defectos afirmadas que también sean confirmadas por el IBG, el comprador podrá retener los pagos en una medida razonable si éstos guardan una proporción adecuada con el defecto material notificado. Si la retención del pago es injustificada, el comprador está obligado a reembolsar al IBG los gastos ocasionados. 8.2.4 No se aplicarán reclamaciones por defectos en el caso de a) daños ocurridos después de la entrega/servicio como resultado de un uso inadecuado: manipulación negligente; materiales de funcionamiento inadecuados; carga excesiva; exposición a la radiación; influencias externas especiales que no se hayan asumido contractualmente, b) errores de software no reproducibles, c) sólo una desviación insignificante de la calidad y/o usabilidad acordada, d) desgaste natural. Las instrucciones de instalación, operación y mantenimiento prescritas por el IBG deben ser observadas y probadas por el comprador para un manejo adecuado. En caso de que el comprador y/o terceros realicen modificaciones, trabajos de mantenimiento y/o reparaciones inadecuadas, no se aplicarán reclamaciones por defectos debidos a defectos materiales resultantes. Los iluminadores están excluidos de las reclamaciones por defectos. 8.2.5 Tras la notificación de un defecto, el IBG (o los terceros encargados por el IBG) deberá tener la oportunidad de realizar múltiples prestaciones suplementarias en un plazo razonable. Si el cumplimiento posterior falla, el comprador puede reclamar daños y perjuicios según el art. 10. Esto incluye la rescisión del contrato o una reducción adecuada de la remuneración. 8.2.6 Quedan excluidas de la reclamación las reclamaciones del comprador que se hayan originado con motivo del cumplimiento posterior: por ejemplo, los gastos de transporte, los desplazamientos hacia y desde el lugar de cumplimiento y los gastos de viaje. 8.2.7 El IBG se reserva el derecho a decidir sobre la elección de la subsanación de los defectos y/o la entrega de sustitución. 8.2.8 Quedan excluidos los costes derivados de un defecto material (en particular, el lucro cesante) frente a IBG y sus auxiliares ejecutivos, salvo que se regule de otro modo en el presente artículo 8. Además, el artículo 10 se aplica a las reclamaciones por daños y perjuicios. 8.2.9 Para los equipos suministrados por terceros, se aplican sus plazos de prescripción con respecto a los defectos materiales.

 


9.1 Estamos obligados a entregar la mercancía libre de derechos de autor o de propiedad industrial de terceros (en adelante, derechos de propiedad) exclusivamente en el país del lugar de entrega. En caso de reclamaciones de terceros contra el comprador en el país del lugar de entrega que sean atribuibles a la violación de los derechos de propiedad industrial por parte de IBG y que estén justificadas de forma demostrable, seremos responsables de los daños y perjuicios de la siguiente manera de acuerdo con los plazos del art. 8.1.2: Se aplicarán las obligaciones descritas en el Art. 10, además, a nuestra discreción y a nuestro cargo, obtendremos un derecho de uso para la entrega/servicio afectado, lo modificaremos de tal manera que no se infrinjan los derechos de propiedad o sustituiremos la entrega/servicio. En caso de incumplimiento, el comprador podrá hacer uso de los derechos legales de desistimiento y/o reducción. Sin embargo, esta obligación hacia IBG sólo existirá si se nos informa inmediatamente por escrito de las reclamaciones hechas valer por terceros por parte del comprador, no se reconoce la infracción de los derechos de propiedad industrial por parte del comprador e IBG se reserva el derecho a tomar todas las medidas para defenderse y la posibilidad de negociar un acuerdo. 9.2 En caso de interrupción del uso de la entrega (por razones de mitigación de daños u otros motivos) el comprador está obligado a notificar al tercero que la infracción de los derechos de propiedad no se reconoce automáticamente. 9.3 El Comprador no podrá hacer valer ninguna reclamación contra IBG si las infracciones de los derechos de propiedad industrial corren a cargo del Comprador, en particular si no se deben a una aplicación no previsible por nosotros, en el caso de prestaciones y especificaciones de entrega especiales, así como en el caso de modificación o utilización de nuestra entrega con otros productos no suministrados por nosotros por el Comprador. 9.4 Si las infracciones de los derechos de propiedad industrial son causadas y confirmadas por IBG, se aplicarán las reclamaciones reguladas en el punto 9.1 en conjunción con los puntos 8.2.3, 8.2.5 así como 8.2.8. 9.5 Otros defectos de titularidad estarán sujetos a la aplicación según el art. 8. Debido a los defectos de titularidad, quedarán excluidas otras reclamaciones de derechos de propiedad industrial contra IBG y sus auxiliares ejecutivos no reguladas en este punto 9.

10.1 Quedan excluidas todas las reclamaciones por daños y perjuicios (incluidas todas las reclamaciones por daños y perjuicios y el reembolso de los gastos) del comprador, independientemente de los fundamentos jurídicos (en particular, debido a incumplimientos de la obligación contractual, actos ilícitos). 10.2 Las declaraciones del apartado 10.1 no serán válidas en caso de: a) responsabilidad obligatoria, b) negligencia grave, c) actos intencionados, d) daños a la vida, a la salud y al cuerpo. 10.3 Las reclamaciones por daños y perjuicios en caso de incumplimiento grave de la obligación contractual se limitarán a los daños previsibles y típicos del contrato. Esto se aplica siempre que no haya a) negligencia grave, b) intención grave o c) perjuicio para la vida, la salud y el cuerpo. 10.4 Los puntos 10.1 a 10.3 no incluyen una modificación de la carga de la prueba en perjuicio del cliente. 10.5 Si el Comprador tiene derecho a reclamaciones por daños y perjuicios según la cláusula 10, se aplicará lo siguiente: a) por defectos materiales: estarán sujetos al plazo de prescripción según el artículo 8.1.2, b) por reclamaciones en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos: se aplicarán los plazos de prescripción legales. En caso de negligencia leve y de defectos en la entrega resultantes de la misma, no se aplicará ninguna reclamación de responsabilidad, tampoco en lo que respecta a la responsabilidad personal de los representantes legales, auxiliares ejecutivos y/o empleados de IBG. 10.6 A menos que se acuerde lo contrario por escrito, la responsabilidad en términos de nuestro seguro de responsabilidad comercial se limita a una suma asegurada de 0,5 millones de euros por daños personales y materiales. El IBG no es responsable de la exportabilidad de la entrega o de las licencias y exenciones de importación del país respectivo si el comprador exporta nuestros productos después de la transformación y/o uso de componentes individuales. 10.7 En caso de anulación del pedido por parte del comprador, IBG tiene derecho a reclamar daños y perjuicios por los costes reales incurridos.


11.1 Si la entrega no es posible, el comprador podrá reclamar daños y perjuicios siempre que IBG no sea responsable de la imposibilidad de la entrega. Quedan excluidas las faltas debidas a: a) negligencia grave, b) dolo grave o c) lesión de la vida, la salud y el cuerpo. Esto no afecta a la modificación de la carga de la prueba en detrimento del cliente. La reclamación por daños y perjuicios se limitará al 10% del valor y sólo se aplicará a los productos que no puedan ponerse en funcionamiento para el fin previsto. El derecho del comprador a rescindir el contrato no se ve afectado. 11.2 El IBG se reserva el derecho de ajustar el contrato adecuadamente de buena fe si se producen acontecimientos imprevistos como los definidos en el art. 6.6 y cambian significativamente el contenido de la entrega/servicio o la importancia económica. Esto incluye un efecto significativo de las circunstancias en las operaciones del IBG. Si el ajuste del contrato no es económicamente justificable, IBG podrá rescindir el contrato. Al ejercer el derecho de desistimiento, estamos obligados a informar al comprador de las consecuencias sin demora. Esto también se aplica si el plazo de entrega se ha ampliado de acuerdo con el comprador.

12.1 El lugar de cumplimiento y la jurisdicción para todos los contratos celebrados y los litigios derivados de los mismos entre el cliente y el contratista será el tribunal local de Büdingen para comerciantes inscritos en el registro mercantil, personas jurídicas de derecho público o fondos especiales de derecho público (independientemente del valor del objeto del litigio). El derecho aplicable en la República Federal de Alemania se aplicará a todas las partes, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los contratos de compraventa internacional de mercaderías. También nos reservamos el derecho de interponer una demanda en el domicilio social del cliente. 12.2 Si las partes implicadas se ponen de acuerdo sobre una decisión ante el tribunal de arbitraje, cada parte nombrará un árbitro en el plazo de cuatro semanas después de haber sido solicitada por la otra parte. El Presidente del Tribunal de Apelación del lugar de la jurisdicción designado en el Art. 12.1 nombrará al presidente del tribunal arbitral. También se encargará de nombrar al árbitro de la parte que se encuentre en mora con su nombramiento. El tribunal de arbitraje decidirá entonces sobre la base de las condiciones de entrega y los acuerdos convenidos.

13.Fuerza vinculante del contrato En caso de que algunas disposiciones del contrato pierdan su validez legal, el resto de las partes del contrato conservarán su validez legal, siempre que ello no suponga un perjuicio injustificado para una de las partes implicadas. 14. procedimiento de resolución de conflictos IBG HydroTech GmbH no participará en ningún procedimiento de resolución de conflictos ante una junta de arbitraje de consumo.
IBG HydroTech GmbH Siemensstraße 39 63755 Alzenau ALEMANIA Teléfono: +49 (0) 6023 9439 0 Fax: +49 (0) 6023 9439 19 eMail: info@ibg-hydro-tech.de www.ibg-hydro-tech.de